¿ Quieres conocer los aspectos legales básicos para la organización de concursos y sorteos ?
Aquí tienes las 5 claves que resolverán de forma rápida y sencilla los aspectos más importantes a tener en consideración cuando se plantean esta clase de acciones.
Imagina que quieres generar tráfico en la nueva web de tu cliente, fidelizar a los usuarios o ampliar la base de datos.
Te preguntas qué puedes hacer para lograr esos propósitos y piensas en organizar un concurso o sorteo que de forma divertida permita “mimar” a los seguidores de la marca a la par de lograr los objetivos propuestos.
Decidido, pasas a la planificación: define target, la plataforma que vas a utilizar, has conseguido un buen premio y tienes claro cómo vas a dinamizar la acción … ¡todo listo!
Esto es lo que vas a encontrar en este artículo
¡Todo listo! … ¿SEGURO?
Ten una cosa en mente: no bastará con tu maestría ni con los años de experiencia que puedas ofrecer a tus clientes.
En esta materia como en tantas otras, necesariamente deben conjugarse la acción con las normas legales y que todos los pasos que se den en el nombre de un cliente implican poner mucho en juego. Lo primero, su imagen, y después… la tuya.
Hacer las cosas bien es fundamental. Y eso implica no sólo estructurar correctamente una acción desde el punto de vista de la eficacia, la creatividad y la técnica, sino que además es imprescindible el soporte legal que otorgue seguridad y transparencia lo que hacemos en el día a día.
En el caso de los concursos y sorteos , son varias las normas que entran en juego, por ejemplo: normativa de consumidores y usuarios, normativa de tipo fiscal, propiedad intelectual, etc.
Si hay problemas, los organismos de consumo o hacienda no se van a dirigir a ti directamente sino a tu cliente, y no hace falta que me digas que lo que menos quieres es un requerimiento legal en la puerta de su despacho.
Para evitar inconvenientes, te propongo que prestes atención a estas 5 claves legales para orientarte en la organización de concursos y sorteos legales:
1 No es lo mismo Concurso que Sorteo. Y tampoco es lo mismo una Rifa. Diferencia entre Concurso y Sorteo.
Cuando te decidas a realizar una acción de este tipo, tienes que saber en qué se diferencian concurso, sorteo y rifa, ya que no son la misma cosa. Y los efectos de unos y otros tampoco.
Veámoslo rápidamente la diferencia entre concurso y sorteo, o combinación aleatoria:
- Concurso: el ganador se escoge en virtud de la habilidad o de criterios subjetivos. En este tipo de acciones normalmente se incluye la decisión de un jurado. Así, por ejemplo, será un concurso aquél en que se señale que “el ganador será quien realice el mejor dibujo”.
- Combinaciones aleatorias: el Azar es el determinante principal para elegir al ganador. “Combinación aleatoria” es un término genérico, en el cual se engloba los sorteos, los momentos ganadores, y en general cualquier acción en el que el azar sea decisivo. No obstante lo anterior, para mejor comprensión hablaremos genéricamente de sorteos.
Además, existe otra modalidad, pero que en materia publicitaria realmente no es muy utilizada. Me refiero a la rifa.
La rifa es igual a una combinación aleatoria, es decir, se escoge al ganador sorteo u otro medio de selección en el cual prima el azar, pero con una diferencia fundamental: los participantes deben comprar su participación .
Actualmente, además, es la única modalidad en la que para su realización se requiere de una autorización administrativa previa y en la que no se puede premiar con dinero a los concursantes.
En resumen: cuando te planteas tus objetivos, debes tener en cuenta qué estructura le quieres dar a la acción. Lo principal es preguntarte si el ganador se escoge o no por medio del azar , esa es la clave.
Si la selección se hace por medio del azar, entonces es una combinación aleatoria (sorteo, momento ganador u otro).
La diferencia principal entre los concursos y sorteos está en si el ganador se escoge por medio del azar (sorteo) o no (concurso).
2 LOS IMPUESTOS SON UN CONCEPTO MÁS PARA CALCULAR EL COSTE TOTAL DE LA ACCIÓN
En directa relación con lo que acabo de comentar en el punto anterior está el tema de los impuestos a pagar cuando se organizan concursos y sorteos .
Las mecánicas que conllevan azar, es decir, las combinaciones aleatorias, tienen una carga impositiva más alta. Organizar un sorteo o un juego con momentos ganadores es más caro.
¿La Razón?
La ley establece un impuesto sobre combinaciones aleatorias con multas publicitarias o promocionales. Este impuesto varía según si la acción se va a desarrollar en todo el país o sólo en algunas comunidades:
- Si la promoción es de ámbito estatal : es del 10% del valor de los premios que se van a entregar.
- Si la promoción tiene un ámbito autonómico : este impuesto varia, siendo esencial consultar en sus propios departamentos de juego. Es normal encontrarse con un impuesto en torno al 13% del valor del premio (sí, más alto que el nacional).
Los impuestos son un concepto más para calcular el coste total en la organización de concursos y sorteos.
Además, es imprescindible tener presente que todos los premios cuyo valor supera los 300 €, obliga a abonar lo que corresponda en concepto de IRPF (no importa si se trata de un concursos y sorteos o momentos ganadores.
Tampoco importa si el premio lo hemos comprado o lo hemos adquirido gratuitamente):
- Si el premio es en dinero : a partir del 1 de enero de 2016, asciende al 19% del valor del premio.
- Si el premio es en especie : 19% del valor de mercado del premio, aumentado este valor en un 20%.
Es importante entonces que en las previsiones de coste se tengan en cuenta las cargas impositivas.
3 REDACTAR BASES LEGALES Y CONTAR CON UN NOTARIO: ALGO MÁS QUE MEROS TRÁMITES EN LOS CONCURSOS Y SORTEOS
Antes de nada, definamos qué son las bases legales .
Cuando hablamos de bases legales nos referimos al documento que se pone a disposición de todos los participantes de los sorteos, promociones o concursos y que determinan las condiciones y requisitos bajo las cuales se desarrollará la acción .
Redactar correctamente las bases legales de participación es muy importante porque:
- Otorga seguridad y transparencia a los usuarios: conocer los términos bajo los cuales se va a desarrollar la promoción es fundamental para que se ejecute con normalidad y los usuarios confíen en el proceso y en el resultado.
- Proyecta una excelente imagen de marca de tu cliente.
- Nos blinda en materia de responsabilidades , ya que las condiciones de participación y los efectos de la promoción estarán bien regulados.
- Tratándose de unas bases legales bien redactadas nos protegemos de los «profesionales de las promociones» , que están esperando el más mínimo vacío para llevarse la promoción a su terreno.
- Evita sanciones administrativas al cliente. De esta forma, por ejemplo, en el caso que tengamos una reclamación de algún organismo de consumo, lo primero que se solicitan son las bases de participación .
- Como profesionales del marketing, también quedamos protegidos frente a posibles reclamaciones del cliente , ya que las bases habrán sido aprobadas en primer lugar por él mismo, por lo que se evitarán interpretaciones que puedan perjudicarnos.
Las bases legales nos proporcionan seguridad, transparencia, protección, e imagen de marca en la celebración de concursos y sorteos.
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Estamos especializados en la elaboración de bases legales de participación para consursos y sorteos. Realiza tus promociones de forma segura, transparente y adaptadas al nuevo RGPD.
Haz clic aquíSobre este punto, la ley de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico (LSSI) señala:
“ En los supuestos de ofertas promocionales, como las que incluyen descuentos, premios y regalos, y de concursos o juegos promocionales, previa la correspondiente autorización, se deberá asegurar, además del cumplimiento de los requisitos establecidos en el apartado anterior y en las normas de ordenación del comercio, que queden claramente identificados como tales y que las condiciones de acceso y, en su caso, de participación sean fácilmente accesibles y se expresen de forma clara e inequívoca ” (Art. 20.2 de la LSSI )
Y contar con un notario ¿es necesario ?:
No es obligatorio, pero sí muy necesario , porque el notario es una autoridad que otorga transparencia , y en el caso de cualquier problema, su registro se constituye como una prueba a nuestro favor .
La recomendación es que se depositen las bases de participación ante notario como máximo el mismo día en que comienza la promoción.
Por otra parte, y aún cuando en Internet existen varias herramientas para realizar sorteos (por ejemplo random.org), el consejo es que éste se celebre ante notario ya que, si tenemos reclamaciones, la intervención del notario nos blinda .
Además, la celebración de sorteos ante notario se encuentra unificada (sistema Ancert).
En el caso de momentos ganadores, la recomendación es generarlos aleatoriamente y depositarlos en notaría a más tardar el día antes del inicio de la promoción.
…el notario es una autoridad que otorga transparencia en los concursos y sorteos.
4 EL ÁMBITO TERRITORIAL DETERMINA LOS TRÁMITES PREVIOS QUE DEBEN REALIZARSE Y SUS PLAZOS
El ámbito territorial de la promoción no sólo es importante para determinar los impuestos a pagar ( clave # 2 ), sino que además porque marca los trámites que deben realizarse y sus plazos.
Estas gestiones están previstas para las combinaciones aleatorias, es decir, para promociones con mecánicas de azar, y consiste en comunicar a la administración la celebración de la promoción, para que esta gestione el respectivo impuesto ( clave # 2 ).
- Si la promoción es de ámbito nacional, se depositarán las bases y el documento que indique el valor del premio antes del inicio de la promoción en la agencia tributaria. Hasta este momento no está establecido un plazo formal, pero es mejor actuar con precaución (para evitar sanciones), por eso recomiendo hacerlo antes de dar un comienzo a su vigencia.
- Si la promoción es de ámbito autonómico: hay que consultar en su departamento de juegos. Normalmente las comunidades autónomas exigen completar un formulario y presentarlo con un plazo determinado de antelación respecto al inicio de la promoción. Si hay retrasos, advierto que puede haber sanción, por lo que antes de planificar este tipo de promociones hay que informarse.
5 LA RECOGIDA DE DATOS PERSONALES DEBE SER SUPERVISADA POR T U CLIENTE
En muchas ocasiones las promociones se realizan para ampliar la base de datos de usuarios.
Es muy importante recordar que la recogida o recabación de datos a través de cualquier soporte (sea online, formulario papel, cupón, etc.) se regula por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) .
Los datos personales se constituyen como el tema más delicado de los concursos y sorteos, ya que las sanciones económicas por errores o negligencias son elevadas.
Los datos que se recojan pertenecerán en titularidad al cliente , por lo que es él quien debería proporcionar la cláusula de protección de datos que informe a los usuarios y aprobar los formularios a través de los cuales se recabe la información. Sin embargo, en no pocas ocasiones el cliente pide a la agencia que redacte estas cláusulas.
Si te es imposible negarte, no hagas copy-paste, pídele a tu asesoría legal que elabore una redacción y entrégala al cliente en calidad de “propuesta pendiente de valoración y aprobación por parte de su departamento legal” , ya que tú no eres el encargado de realizar estas tareas, no eres abogado ni especialista en protección de datos.
Los datos personales se constituyen como el tema más delicado de los concursos y sorteos.
* BONUS *
¿Qué pasa si tu cliente no quiere redactar bases legales ? ¿Y si quiere ahorrarse los costes notariales y no depositar las bases o celebrar el sorteo ante notario? ¿Si le dan lo mismo los impuestos y no los quiere pagar?
Lo primero que tienes que tener claro: la promoción es del cliente y no tuya, es decir, el responsable de la misma de cara a las autoridades administrativas y fiscales, y frente a los consumidores y usuarios es tu cliente y no tú.
Por lo tanto, el cliente es quien tiene en todo caso la última palabra respecto a todo el proceso de organización.
¿Qué hacer entonces?
Mi consejo es que no olvides las claves legales que acabamos de repasar y que éstas se constituyan siempre como las recomendaciones al cliente.
Normalmente, aconsejar de forma oportuna a un cliente sobre estas materias será muy bien recibido especialmente por parte de quienes no tienen un departamento legal o no cuentan con una asesoría especializada.
No obstante, y si estamos ante un caso de “rebeldía”, es aconsejable que emitan recomendaciones se le comuniquen por escrito.
De esta forma estarás cubierto, y por lo tanto en caso de presentarse cualquier inconveniente (por ejemplo, un requerimiento de la agencia tributaria por no pago de impuesto), tu responsabilidad estará limitada porque ya habrás hecho las previsiones correspondientes.
En resumen : no debes dejar margen para que un cliente entienda que no fue advertido sobre los temas legales que orbitan alrededor de la organización de concursos y sorteos.
Espero que este post te sea de utilidad. ¿Estás actualmente organizando algún concurso o sorteo? ¿Tienes dudas en cuanto a si la mecánica planteada paga impuestos?